COLEGIO DE INGENIERO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA (CIENE)

Es la máxima autoridad en el estado para regular el ejercicio profesional. Es un cuerpo moral de carácter público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con todos los derechos, obligaciones, poderes y atribuciones que le señala la Ley del Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines.   Fundado el 03 de mayo de 1968. Sus funciones y atribuciones están contempladas en la Ley del Ejercicio de la Ingeniería y la Arquitectura, así como en el Reglamento de la Ley promulgada el 13 de agosto de 1984.
FUNCIONES
·SERVIR como guardián del interés público y actuar como asesor del Estado en los asuntos de su competencia.
· FOMENTAR el progreso de la ciencia y de la técnica

·VIGILAR el ejercicio profesional y velar por los intereses generales de las profesiones que agrupa en su seno y en especial por la dignidad,  los derechos y el mejoramiento de sus miembros.
JUNTA DIRECTIVA
La Junta Directiva es el órgano ejecutivo y administrativo del Colegio de Ingenieros de Venezuela, y su Presidente será al propio tiempo Presidente del Colegio y ejercerá la representación jurídica del mismo, con facultad para delegarla previa autorización de la Junta. La Junta Directiva está conformada por un presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y un vocal. 

Junta directiva 2017
OCEPRO
Es la Oficina Coordinadora del Ejercicio Profesional, órgano del Colegio de Ingenieros de Venezuela  cuyo objeto es velar por el ejercicio legal de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines, que se rige por la Ley de Ejercicio, el Código de Ética, reglamentos y demás leyes que sustenten nuestra profesión. La misma tiene como objetivo prestar servicios profesionales idóneo y de calidad en cada una de las especialidades. En reunión Nº 109 de fecha 10 de marzo de 1997 del CIV se crea el Reglamento de la Oficina Coordinadora del Ejercicio Profesional de Nueva Esparta (OCEPRO-NE).
La actividad del ejercicio profesional actualmente se desarrolla en forma anárquica y, en ocasiones ilegalmente. De allí la necesidad de “velar” porque se cumplan las leyes y los reglamentos dispuestos por la Junta Directiva Nacional del CIV y demás órganos nacionales y locales del CIV competentes en la materia.
FONPRES
El Fondo de Previsión Social de los Ingenieros, Arquitectos y Profesionales Afines, es una institución sin fines de lucro, apolítica, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con capacidad para realizar todos los actos de naturaleza civil o mercantil necesarios o conducentes al cumplimiento de sus fines, fundada en 1984.
La Fundación tiene por Objeto Fundamental el procurar el bienestar socioeconómico de los miembros del Colegio de Ingenieros de Venezuela y sus Familiares inmediatos,asegurándoles por medios idóneos, protección social frente a las eventualidades derivadas de la incapacidad temporal permanente, parcial o total; de la vejez y de la muerte.

FUNDECIENE
Esta cumple con la obligación del Colegio de fomentar y desarrollar actividades e intercambios deportivos entre los agremiados del Colegio, y está en el estado Nueva Esparta, lleva por nombre Fundación Deportiva del Colegio de Ingenieros del Estado Nueva Esparta.
INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL

El Instituto de Mejoramiento Profesional del Colegio de Ingenieros de Venezuela, es un centro académico cuya responsabilidad es promover el mejoramiento del estatus del colegiado, a través de la actualización y complementación de su nivel de conocimiento. Es una entidad privada sin fines de lucro, con personalidad jurídica propia, para prestar un servicio público a los profesionales de la ingeniería y la arquitectura.

SOITAVE
Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela es una sociedad civil sin fines de lucro que agrupa a los profesionales de la valuación en Venezuela, cuya sede principal se encuentra en Caracas, contando con representaciones en las principales ciudades y regiones del país.


Como objetivo tiene agrupar y organizar a los Ingenieros, Arquitectos y Profesiones afines, Miembros. Activos del Colegio de Ingenieros de Venezuela, competentes en materia de valuación de bienes, con miras a elevar su nivel técnico y enmarcar sus actividades dentro de la ética profesional propia de sus funciones. Precisar las normas de ética profesional que deben observar sus miembros. Lograr el establecimiento de una tarifa mínima de honorarios profesionales.

Realizado por: Ana Cristina Goncalves H.

Comentarios

  1. El colegio de ingenieros es una institución sin animo de lucro, el cual es independiente y su función es ser el mejor garante de que se cumplan sus leyes.

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  2. Es importante destacar que el colegio de ingeniero en el estado es un ente que vela por los derechos y deberes de los profesionales del gremio. De igual forma también se preocupa de otros temas como la salud, deporte y mejoramiento profesional de sus agremiados.
    Ana Cristina Goncalves.

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  3. La instalación de una extensión del colegio de ingenieros de Venezuela la cual se fundo el 03 de mayo de 1968 en el estado Nueva Esparta, facilitó a aquellos profesionales que directamente ejercían en el estado insular, evitar moverse de su zona para poder registrar o hacer algún trasmite derivado de su profesión, e igual forma el colegio de ingenieros se compenetro mas con el ejerció de esta en el estado, ya que para ese entonces era todo un epicentro en cuanto a innovación se refiere.

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