COLEGIO DE INGENIERO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA (CIENE)
Es la máxima autoridad en el estado para regular el ejercicio profesional. Es un
cuerpo moral de carácter público, con personalidad jurídica y patrimonio
propio, con todos los derechos, obligaciones, poderes y atribuciones que le
señala la Ley del Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones
Afines. Fundado el 03 de mayo de 1968. Ley del Ejercicio de la
Ingeniería y la Arquitectura
FUNCIONES
·SERVIR como guardián del interés público y actuar como asesor
del Estado en los asuntos de su competencia.
· FOMENTAR el progreso de la ciencia y de la técnica
·VIGILAR el ejercicio profesional y velar por los intereses
generales de las profesiones que agrupa en su seno y en especial por la
dignidad, los derechos y el mejoramiento
de sus miembros.
JUNTA DIRECTIVA
La Junta Directiva es el órgano ejecutivo y administrativo
del Colegio de Ingenieros de Venezuela, y su Presidente será al propio tiempo
Presidente del Colegio y ejercerá la representación jurídica del mismo, con
facultad para delegarla previa autorización de la Junta. La Junta Directiva está
conformada por un presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y un vocal.
Junta directiva 2017
OCEPRO
Es la Oficina Coordinadora
del Ejercicio Profesional, órgano del Colegio de Ingenieros de Venezuela cuyo objeto es velar por el ejercicio legal de
la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines, que se rige por la Ley de
Ejercicio, el Código de Ética, reglamentos y demás leyes que sustenten nuestra
profesión. La misma tiene como objetivo prestar servicios profesionales idóneo
y de calidad en cada una de las especialidades. En reunión Nº 109 de fecha 10
de marzo de 1997 del CIV se crea el Reglamento de la Oficina Coordinadora del
Ejercicio Profesional de Nueva Esparta (OCEPRO-NE).
La actividad del ejercicio
profesional actualmente se desarrolla en forma anárquica y, en ocasiones
ilegalmente. De allí la necesidad de “velar” porque se cumplan las leyes y los
reglamentos dispuestos por la Junta Directiva Nacional del CIV y demás órganos
nacionales y locales del CIV competentes en la materia.
FONPRES
El Fondo de
Previsión Social de los Ingenieros, Arquitectos y Profesionales
Afines, es una institución sin fines
de lucro, apolítica, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con capacidad
para realizar todos los actos de naturaleza civil o mercantil
necesarios o conducentes al cumplimiento de sus fines, fundada en
1984.
La Fundación tiene por Objeto Fundamental
el procurar el bienestar socioeconómico de los miembros del Colegio de Ingenieros
de Venezuela y sus Familiares inmediatos,asegurándoles por medios idóneos,
protección social frente a las eventualidades derivadas de la incapacidad
temporal permanente, parcial o total; de la vejez y de la muerte.
FUNDECIENE
Esta cumple con la obligación del Colegio de fomentar y
desarrollar actividades e intercambios deportivos entre los agremiados del
Colegio, y está en el estado Nueva Esparta, lleva por nombre Fundación
Deportiva del Colegio de Ingenieros del Estado Nueva Esparta.
INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL
El Instituto de Mejoramiento Profesional del Colegio de
Ingenieros de Venezuela, es un centro académico cuya responsabilidad es
promover el mejoramiento del estatus del colegiado, a través de la
actualización y complementación de su nivel de conocimiento. Es una entidad
privada sin fines de lucro, con personalidad jurídica propia, para prestar un
servicio público a los profesionales de la ingeniería y la arquitectura.
SOITAVE
Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela es una sociedad
civil sin fines de lucro que agrupa a los profesionales de la valuación en
Venezuela, cuya sede principal se encuentra en Caracas, contando con
representaciones en las principales ciudades y regiones del país.
Como objetivo tiene agrupar y organizar a los Ingenieros,
Arquitectos y Profesiones afines, Miembros. Activos del Colegio de Ingenieros
de Venezuela, competentes en materia de valuación de bienes, con miras a elevar
su nivel técnico y enmarcar sus actividades dentro de la ética profesional
propia de sus funciones. Precisar las normas de ética profesional que deben
observar sus miembros. Lograr el establecimiento de una tarifa mínima de
honorarios profesionales.
Realizado por: Ana Cristina Goncalves H.
Realizado por: Ana Cristina Goncalves H.
El colegio de ingenieros es una institución sin animo de lucro, el cual es independiente y su función es ser el mejor garante de que se cumplan sus leyes.
ResponderEliminarEs importante destacar que el colegio de ingeniero en el estado es un ente que vela por los derechos y deberes de los profesionales del gremio. De igual forma también se preocupa de otros temas como la salud, deporte y mejoramiento profesional de sus agremiados.
ResponderEliminarAna Cristina Goncalves.
La instalación de una extensión del colegio de ingenieros de Venezuela la cual se fundo el 03 de mayo de 1968 en el estado Nueva Esparta, facilitó a aquellos profesionales que directamente ejercían en el estado insular, evitar moverse de su zona para poder registrar o hacer algún trasmite derivado de su profesión, e igual forma el colegio de ingenieros se compenetro mas con el ejerció de esta en el estado, ya que para ese entonces era todo un epicentro en cuanto a innovación se refiere.
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